«Responsable empresa anunciadora»

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A cualquiera le sonará esa frase aparentemente lógica que sale religiosamente debajo de cada “Prohibido pegar carteles” (+2 si lo han escrito en un cartel)

Sin embargo, tras esa demostración de como quitar monosílabos innecesario, si tiene validez legal, se esconde un hecho mucho mas grande, aunque lo pegues tu, no eres el responsable, es decir se puede empapelar la pared tranquilamente de anuncios de Playstation 3, Democracia nacional o los últimos (y primeros) éxitos de Ramoncin, o incluso carteles del mismo lugar donde esté el aviso sin ningún riesgo.

¿Y si no se anuncia una empresa, sino una ONG o un individual? ¿A quien se le ocurrieron esas felices tres palabras? ¿A que huelen las nubes?

Nota: No peguéis carteles de Cosas Poposas

3 Comentarios, ¡Anímate!

  1. Posted 27 febrero, 2008 at 11:53 pm |

    Hombre, no estoy seguro del significado legal de “empresa anunciadora”. Según el diccionario de la RAE, anunciador es “el que anuncia”, de eso yo deduzco que sí se puede hacer lo de echarle la culpa a Sony o a quien sea.

    Sería interesante consultar lo que dice la ley al respecto, puede ser un agujero legal muy entretenido… ^^

  2. Posted 3 marzo, 2008 at 9:43 am |

    Sería gracioso llenar de carteles de ONG´s ficticias y partidos políticos inexistentes. A ver contra quién se querellan.

    Al así como “Caraduras sin fronteras” xD

    ¡Saludos!

  3. David
    Posted 26 marzo, 2008 at 9:02 pm |

    El problema es que se puede (o no) entender no solo empresa como una sociedad formalizada ante el gobierno. Entre dos personas podemos iniciar una empresa sin ninguna oficialidad ;)

    Además que solo pueden denunciar a quien se muestre en el cartel, pues si lo firma “Pedro Iniesta” como van a saber qué Pedro es.

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